Diferencia entre custodia y patria potestad
Es importante distinguir entre guarda y custodia y patria potestad, ya que se trata de conceptos jurídicos relacionados, pero con funciones distintas.
Custodia: se refiere a la convivencia diaria y al cuidado directo de las hijas e hijos.
Patria potestad: implica la representación legal de las hijas e hijos, la facultad de orientarlos y corregirlos adecuadamente, así como la administración de sus bienes.
Ambas figuras pueden coexistir. Es común que ambos progenitores conserven la patria potestad, pero que la custodia sea otorgada a uno de ellos, estableciéndose para el otro un régimen de visitas y convivencias que permita mantener el vínculo familiar.
Convivencia y medidas de protección
Cuando se regula la custodia, también se establece el régimen de convivencia, que define cómo y cuándo el progenitor que no tiene la custodia podrá convivir con sus hijas e hijos.
En algunos casos, el juez puede ordenar:
Convivencias progresivas, que aumentan gradualmente conforme se fortalece la relación con el menor.
Convivencias supervisadas, cuando existen circunstancias que requieren vigilancia para proteger a las niñas, niños o adolescentes.
Medidas de protección, incluyendo restricciones de contacto cuando existe riesgo para la integridad del menor.
Asimismo, cuando ambos progenitores demuestran condiciones reales de corresponsabilidad, comunicación y cooperación, puede establecerse un régimen de custodia compartida, permitiendo que ambos participen activamente en la crianza y desarrollo de sus hijas e hijos.
La guarda y custodia busca asegurar que las decisiones sobre la vida de niñas, niños y adolescentes se tomen siempre priorizando su bienestar, protección y desarrollo integral, garantizando que crezcan en un entorno seguro y estable.